sábado, 24 de abril de 2010

LA RENTA!!!

GASTOS PUBLICOS QUE DEBEMOS CONTRIBUIR LOS MEXICANOS
A los gastos públicos de:
La federación del estado y al Municipio en que se resida.


FORMAS EN QUE DEBEMOS DE CONTRIBUIR A LOS GASTOS PUBLICOS
De manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

LA FEDERACION Y LOS ESTADOS SON: Quienes están facultados para establecer impuestos.

ENTIDADES A LAS QUE SE TIENEN LA OBLIGACION DE PAGAR IMPUESTOS:
A la federación, al estado y municipios.

IMPUESTOS QUE PUEDEN ESTABLECER UNICAMENTE LA FEDERACION
La federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.
1 Sobre el comercio exterior.
2 Sobre aprovechamiento y explotación de los recursos naturales (de la plataforma continental, zócalos, submarinos de la isla, minerales, aguas, etc.)
3 Sobre instrucciones de crédito y sociedades de seguro.
4 Sobre servicios públicos y concesionados explotados directamente por la federación.
5 Especialmente sobre:
Energía eléctrica, Producción y consumo de tabacos labrados. Gasolina y otros productos derivados del petróleo, Cerillos y fósforos, Aguamiel y productos de su fermentación, Explotación forestal, Producción y consumo de cerveza.

¿QUE IMPUESTOS PUDEN ESTABLECER LOS MUNICIPIOS?
Los que establezcan a su favor la legislatura de su estado.

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