sábado, 24 de abril de 2010

DEFINICION DE IMPUESTOS !!!!



EHEBERG: Los impuestos son prestaciones al estado y entidades de derecho público que reclamen, en virtud de su poder activo, en forma y cuantía, determinados unilateralmente y sin contraprestación especial con el fin de satisfacer las necesidades colectivas.
NITTI: El impuesto es una cuota, parte de su riqueza, que los ciudadanos dan obligatoriamente al estado y a las entidades locales de derecho administrativo para ponerlos en condiciones de proveer a la satisfacción de las necesidades colectivas.
VITTI DE MARCO: El impuesto es una parte de la renta del ciudadano, que el estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción.
JOSE ALVAREZ DE CIENFUEGOS: El impuesto es la parte de renta nacional que el estado se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades públicas.
LUIGI COSSA: El impuesto es una parte de la riqueza de los particulares deducido por la autoridad pública a fin de proveer a aquella parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas patrimoniales.
GASTON JEZE: Características
1.- Es una prestación de valores pecuniarios.
2.- La prestación del individuo no es seguridad por un contraprestación del estado.
3.- El constreñimiento jurídico
4.- Se establece según reglas fijas.
5.- Se destinara a gastos de interés.
6.- Establecido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad política organizada.
LEVOY BEAULIEU: El impuesto es para y simplemente una contribución sea directa, sea disimulada que el poder publico exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno.
SELIGMAN: Un impuesto es una contribución forzada de una persona para el gobierno para costear los gastos realizados en intereses comunes sin referencias a los beneficios especiales prestados.
MANUEL MORSELLI: El impuesto es una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el estado y entidades menores para ser destinada a la consecución de los fines generales de la vida pública.
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.

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